
Trabajar por cuenta propia sigue siendo un reto… pero también una gran oportunidad. Si estás pensando en dar el salto, aquí va lo esencial que debes saber este año
¿Por dónde empiezo?
Alta en la Seguridad Social (RETA) En el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos (RETA), la afiliación y/o alta en la Seguridad Social debe realizarse con carácter previo al comienzo de la prestación de servicios por el trabajador, sin que en ningún caso puedan serlo antes de los 60 días naturales anteriores al previsto para el inicio de aquella.
Alta en Hacienda (Modelo 036) Para darte de alta como profesional o empresa individual.
Asimismo, es obligatorio darse de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, si bien están exentas de pago de este impuesto las personas físicas y los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes que operen en España mediante establecimiento permanente siempre que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
Si vas a abrir un local, registrar una marca o similar, habrá más trámites, ¡pero nada que no se pueda gestionar!
¿Hay ayuda para emprender en 2025? ¡Sí, y mucha!
- Asesoramiento gratuito para lanzar tu proyecto.
- Apoyo si quieres crear una cooperativa o emprender en zonas rurales.
- Información sobre subvenciones, financiación y más.
Subvenciones y ayudas que pueden marcar la diferencia
- Hasta 7.500 € si te das de alta desde el desempleo.
- Hasta 9.000 € para inversión inicial (ya sea directa o vía reducción de intereses).
- Ayudas para formación, consultoría, digitalización o adaptación del puesto (si tienes discapacidad).
Tarifa plana y cotizaciones en 2025
- 80 €/mes el primer año si optas por la base mínima.
- Reducciones y bonificaciones durante los siguientes meses (hasta 24 o incluso 36 meses en algunos casos).
- Más ventajas si eres joven, mujer reincorporada tras maternidad o vives en municipios pequeños.
¿Y si cobras el paro? Tranquilo/a, puedes emprender igual
- Puedes cobrar el paro como pago único para invertirlo en tu proyecto.
- O compatibilizarlo mientras trabajas como autónomo/a (hasta 9 meses).
¿Y si no funciona? Hay red de seguridad
Existe el “paro del autónomo” o prestación por cese de actividad. Es obligatorio cotizar por ello y puede ayudarte si tienes que cerrar.
Derechos que te corresponden como autónomo/a
- Protección social.
- Conciliación familiar.
- Formación profesional.
- Y a que tus asociaciones te representen ante la administración.
¿Por qué contar esto ahora?
Porque 2025 puede ser un gran año para emprender. Pero hacerlo bien empieza por estar informado.
Ser autónomo no significa estar solo. Existen recursos, ayudas y derechos que pueden marcar la diferencia.
¿Estás pensando en emprender o conoces a alguien que lo está valorando?
Déjame tu experiencia o comparte esta info, que puede ser justo lo que otra persona necesita leer hoy.
Fuente: Guía Laboral. Página principal. Ministerio de Trabajo y Economía Social